lunes, 16 de junio de 2014

LA SOJA NEGRA, ESE DOLOR DE CABEZA PARA LA AFIP




Soja negra: dos piezas clave bajo la lupa de Afip

El uso de una facultad administrativa que estaba inactiva hace saltar más casos de evasión. ¿De qué se trata?

Interdicción y decomiso de la mercadería de orígen ilícito. El uso de esas dos atribuciones que tiene Afip son las que están destapando en la actualidad numerosos casos de venta de granos en negro, como los que informó ayer punto biz. ¿De qué se trata? De la posibilidad del ente fiscalizador de secuestrar y rápidamente vender los granos en negro que decomisa en camiones fiscalizados en ruta.

En rigor, esa atribución está vigente desde 2005 con la reforma de los artículos 40 y 41 bis, agregados a la ley de procedimientos 11.683, que determinan cuándo y cómo los sabuesos podrán convocar a las fuerzas de seguridad para secuestrar mercaderías. Pero recién ahora hay la voluntad política de ejercer casi a diario esa facultad de secuestrar y hacer plata rápidamente el grano ilegal secuestrado.

Al no usar antes esa atribución, quienes intermediaban en el comercio en negro tenían varias alternativas (desde cautelares hasta pago de multas) para recuperar parte de ese mercadería a la espera del fallo de fondo. Pero ahora esa soja en negro, una vez en manos de Afip, queda fuera de alcance de la defensa casi antes de que se enteren de que fue interdictada.

Si un camión de soja puede llevar $70,000 en granos, para una empresa que vendió en negro 4 camiones se está hablando de que se les "esfumaron" $240 mil en un operativo, un riesgo altísimo que ahora duda en correr (se come toda la prima que pueden tener al vende en negro) y que también puede poner en serios aprietos al intermediario con el productor.

El "famoso" remitente

No sólo el comercio de granos se va profesionalizando, sino también quienes operan en el circuito informal. Siguiendo ese rastro es que la Afip ahora le está poniendo el eje a las empresas que aparecen como "remitente comercial" dentro de las Cartas de Porte.

¿De qué se trata? En la Carta de Porte, que es el DNI del grano que viaja en camión, figuran todos los datos del lote transportado: dónde se cargó, quién lo compró, en qué lugar se descarga y quién es el corredor que intervino en la operación, y quién es el "remitente comercial". Hasta ahora no hay denuncia de granos que el exportador haya comprado en negro directo a un productor. Todas las irregularidades aparecen en las operaciones dónde intervienen muchos actores para que llegue en blanco el grano al puerto.

En efecto, el exportador le encarga al correrdor la compra. El comprador final está obligado a conocer al corredor y pedirle que tenga sus papeles al día por eso compra siempre en blanco. Era sí que en décadas pasadas, la Afip caía sobre corredores que compraban granos a empresas fantasmas compartiendo así la culpa porque están obligados a que su comitente tenga los papeles al día. En aquellos días, por lo general, el corredor era también el "remitente comercial", quién en la práctica es quién consigue efectivamente el grano que el corredor o acopio se comprometió a entregrar al comprador.

Ahora, por el contrario, el corredor o acopio le encarga a otra empresa, esa tarea de "remitente comercial" limitando su responsabilidad a que el remitente tenga ok de Afip en el Registro de Operadores de Granos. De esa forma, el peso de la ley cae en ese eslabón de comercio y en el productor que vendió en negro. Pero en los últimos casos investigados por Afip, que dio cuenta ayer punto biz, los sabuesos siguen la pista de organizaciones que arman toda la ruta con ramifiaciones hacia arriba en la cadena comercial.

puntobiz.com.ar


No hay comentarios:

Publicar un comentario